DECRETO Nº 2139: APROBANDO REGLAMENTACIÓN DE LA LEY Nº 1914 -LEY AMBIENTAL PROVINCIAL-
ANEXO I
III- REGISTRO PROVINCIAL DE CONSULTORAS Y PROFESIONALES ESPECIALIZADOS EN EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL.-
Artículo 22.- La Subsecretaría de Ecología creará un Registro de Consultoras y/o profesionales especializados en Evaluación de Impacto Ambiental. Dicho Registro será público y estará a disposición en la sede del organismo u otros medios de información que éste determine.
Para la registración será requisito formal de admisión la presentación de la siguiente documentación:
1. Currículum y/o antecedentes;
2. Copia Certificada de Título Universitario y/o Postgrado;
3. Certificación de Registración Nacional y/o Provincial si la tuviere;
Para la registración de personas jurídicas se deberá acompañar:
1. Estatuto o contrato de formación.
2. Inscripción en el Registro de Contratos Públicos en el lugar en que tuviere el asiento principal de sus negocios.
3. Otras registraciones si las tuviere.
4. Reseña de actividades.
5. Último Balance e Informe de Auditor.
La documentación integrará el expediente que se creará al efecto y será facultad de la Subsecretaría de Ecología otorgar la licencia oportunamente solicitada. La decisión podrá ser recurrible.
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