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Anexo III - Operaciones de Eliminación

A. OPERACIONES QUE NO PUEDEN CONDUCIR A LA RECUPERACIÓN DE RECURSOS, EL RECICLADO, LA REGENERACIÓN, LA REUTILIZACIÓN DIRECTA U OTROS USOS.

La sección “A” abarca las operaciones de eliminación que se realizan en la práctica.

 Categoría Descripción

D1

Depósito dentro o sobre la tierra (por ejemplo, rellenos, etcétera).

D2

Tratamiento de la tierra (por ejemplo, biodegradación de desperdicios líquidos o fangosos en suelos, etcétera).

D3

Inyección profunda (por ejemplo, inyección de desperdicios bombeables en pozos, domos de sal, fallas geológicas naturales, etcétera).

D4

Embalse superficial (por ejemplo, vertido de desperdicios líquidos o fangosos en pozos, estanques, lagunas, etcétera).

D5

Rellenos especialmente diseñados (por ejemplo, vertido en compartimientos estancos separados, recubiertos y aislados unos de otros y del ambiente, etcétera).

D6

Vertido en una extensión de agua, con excepción de mares y océanos.

D7

Vertido en mares y océanos, inclusive la inserción en el lecho marino.

D8

Tratamiento biológico no especificado en otra parte de este anexo que dé lugar a compuestos o mezclas finales que se eliminen mediante cualquiera de las operaciones indicadas en la sección A.

D9

Tratamiento fisicoquímico no especificado en otra parte de este anexo que dé lugar a compuestos o mezclas finales que se eliminen mediante cualquiera de las operaciones indicadas en la sección A (por ejemplo, evaporación, secado, calcinación, neutralización, precipitación, etcétera).

D10

Incineración en la tierra.

D11

Incineración en el mar.

D12

Depósito permanente (por ejemplo, colocación de contenedores en una mina, etcétera).

D13

Combinación o mezcla con anterioridad a cualquiera de las operaciones indicadas en la sección A.

D14

Reempaque con anterioridad a cualquiera de las operaciones indicadas en la sección A.

D15

Almacenamiento previo a cualquiera de las operaciones indicadas en la sección A.

D99

Otro tratamiento que conduzca a la recuperación de recursos.

B. OPERACIONES QUE PUEDEN CONDUCIR A LA RECUPERACIÓN DE RECURSOS, EL RECICLADO, LA REGENERACIÓN, REUTILIZACIÓN DIRECTA Y OTROS USOS.

La sección “B” comprende todas las operaciones con respecto a materiales que son considerados o definidos jurídicamente como desechos peligrosos, y que de otro modo habrían sido destinados a una de las operaciones indicadas en la sección “A”.

 Categoría Descripción

R1

Utilización como combustible (que no sea en la incineración directa) u otros medios de generar energía.

R2

Recuperación o regeneración de disolventes.

R3

Reciclado o recuperación de sustancias orgánicas que no se utilizan como disolventes.

R4

Reciclado o recuperación de metales y compuestos metálicos.

R5

Reciclado o recuperación de otras materias inorgánicas.

R6

Regeneración de ácidos o bases.

R7

Recuperación de componentes utilizados para reducir la contaminación.

R8

Recuperación de componentes provenientes de catalizadores.

R9

Regeneración u otra reutilización de aceites usados.

R10

Tratamiento de suelos en beneficio de la agricultura o el mejoramiento ecológico.

R11

Utilización de materiales residuales resultantes de cualquiera de las operaciones numeradas R1 a R10.

R12

Intercambio de desechos para someterlos a cualquiera de las operaciones numeradas R1 a R11.

R13

Acumulación de materiales destinados a cualquiera de las operaciones indicadas en la sección B.

R99

Otro tratamiento que conduzca a la recuperación, reciclado o regeneración de recursos.

 
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