Anexo III - Operaciones de Eliminación
A. OPERACIONES QUE NO PUEDEN CONDUCIR A LA RECUPERACIÓN DE RECURSOS, EL RECICLADO, LA REGENERACIÓN, LA REUTILIZACIÓN DIRECTA U OTROS USOS.
La sección “A” abarca las operaciones de eliminación que se realizan en la práctica.
| Categoría | Descripción |
|---|---|
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D1 |
Depósito dentro o sobre la tierra (por ejemplo, rellenos, etcétera). |
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D2 |
Tratamiento de la tierra (por ejemplo, biodegradación de desperdicios líquidos o fangosos en suelos, etcétera). |
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D3 |
Inyección profunda (por ejemplo, inyección de desperdicios bombeables en pozos, domos de sal, fallas geológicas naturales, etcétera). |
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D4 |
Embalse superficial (por ejemplo, vertido de desperdicios líquidos o fangosos en pozos, estanques, lagunas, etcétera). |
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D5 |
Rellenos especialmente diseñados (por ejemplo, vertido en compartimientos estancos separados, recubiertos y aislados unos de otros y del ambiente, etcétera). |
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D6 |
Vertido en una extensión de agua, con excepción de mares y océanos. |
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D7 |
Vertido en mares y océanos, inclusive la inserción en el lecho marino. |
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D8 |
Tratamiento biológico no especificado en otra parte de este anexo que dé lugar a compuestos o mezclas finales que se eliminen mediante cualquiera de las operaciones indicadas en la sección A. |
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D9 |
Tratamiento fisicoquímico no especificado en otra parte de este anexo que dé lugar a compuestos o mezclas finales que se eliminen mediante cualquiera de las operaciones indicadas en la sección A (por ejemplo, evaporación, secado, calcinación, neutralización, precipitación, etcétera). |
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D10 |
Incineración en la tierra. |
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D11 |
Incineración en el mar. |
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D12 |
Depósito permanente (por ejemplo, colocación de contenedores en una mina, etcétera). |
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D13 |
Combinación o mezcla con anterioridad a cualquiera de las operaciones indicadas en la sección A. |
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D14 |
Reempaque con anterioridad a cualquiera de las operaciones indicadas en la sección A. |
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D15 |
Almacenamiento previo a cualquiera de las operaciones indicadas en la sección A. |
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D99 |
Otro tratamiento que conduzca a la recuperación de recursos. |
B. OPERACIONES QUE PUEDEN CONDUCIR A LA RECUPERACIÓN DE RECURSOS, EL RECICLADO, LA REGENERACIÓN, REUTILIZACIÓN DIRECTA Y OTROS USOS.
La sección “B” comprende todas las operaciones con respecto a materiales que son considerados o definidos jurídicamente como desechos peligrosos, y que de otro modo habrían sido destinados a una de las operaciones indicadas en la sección “A”.
| Categoría | Descripción |
|---|---|
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R1 |
Utilización como combustible (que no sea en la incineración directa) u otros medios de generar energía. |
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R2 |
Recuperación o regeneración de disolventes. |
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R3 |
Reciclado o recuperación de sustancias orgánicas que no se utilizan como disolventes. |
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R4 |
Reciclado o recuperación de metales y compuestos metálicos. |
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R5 |
Reciclado o recuperación de otras materias inorgánicas. |
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R6 |
Regeneración de ácidos o bases. |
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R7 |
Recuperación de componentes utilizados para reducir la contaminación. |
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R8 |
Recuperación de componentes provenientes de catalizadores. |
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R9 |
Regeneración u otra reutilización de aceites usados. |
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R10 |
Tratamiento de suelos en beneficio de la agricultura o el mejoramiento ecológico. |
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R11 |
Utilización de materiales residuales resultantes de cualquiera de las operaciones numeradas R1 a R10. |
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R12 |
Intercambio de desechos para someterlos a cualquiera de las operaciones numeradas R1 a R11. |
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R13 |
Acumulación de materiales destinados a cualquiera de las operaciones indicadas en la sección B. |
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R99 |
Otro tratamiento que conduzca a la recuperación, reciclado o regeneración de recursos. |

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