Residuos Peligrosos
La provincia de La Pampa mediante la Ley Provincial Nº 1466 adhirió a la Ley Nacional Nº 24.051, referida al tratamiento de los residuos peligrosos. Luego, mediante el Decreto Nº 2054/01 procedió a su reglamentación, y designó a la Subsecretaría de Ecología provincial como Autoridad de Aplicación de la misma.
Asimismo, dicha norma determina que “los titulares de las actividades consignadas en el Artículo 1º de la Ley Nº 24051, sean personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, deberán inscribirse en el Registro Provincial de Generadores y Operadores de Residuos Peligrosos, que llevará cronológicamente la Autoridad de Aplicación, asentando en el mismo la inscripción, renovación y solicitud de bajas pertinentes”.
Las sustancias definidas en la Ley Nº 24051 como residuos peligrosos son aquellos puedan causar daño, directa o indirectamente, a seres vivos o contaminar el suelo, el agua, la atmósfera o el ambiente en general. Quedan excluidos de los alcances de esta ley los residuos domiciliarios, los radiactivos y los derivados de las operaciones normales de los buques.
Dado que la naturaleza de un residuo peligroso puede ser muy particular puede volverse algo tediosa su clasificación en subgrupos o clases por la gran cantidad de grupos que aparecerían, siendo cada uno de estos grupos bastante pequeños. Se ha considerado, sin embargo que un residuo puede clasificarse de manera óptima según la corriente de desechos (su procedencia y constitución básica) y su peligrosidad. Estas dos clasificaciones están desarrolladas por los dos primeros anexos de la ley. El tercer anexo es una clasificación del residuo según su disposición final, ya sea que el método conduzca a la recuperación de recursos o no.
A continuación se presentan los anexos mencionados.
ANEXO I:
CATEGORIAS SOMETIDAS A CONTROL
Corrientes de desechos
| Y1 |
Desechos clínicos resultantes de la atención médica prestada en hospitales, centros médicos y clínicas para salud humana y animal |
Y2 |
Desechos resultantes de la producción y preparación de productos farmacéuticos. |
Y3 |
Desechos de medicamentos y productos farmacéuticos para la salud humana y animal. |
Y4 |
Desechos resultantes de la producción, la preparación y utilización de biocidas y productos fitosanitarios |
Y5 |
Desechos resultantes de la fabricación, preparación y utilización de productos químicos para la preservación de la madera |
Y6 |
Desechos resultantes de la producción, la preparación y la utilización de disolventes orgánicos. |
Y7 |
Desechos que contengan cianuros, resultantes del tratamiento térmico y las operaciones de temple. |
Y8 |
Desechos de aceites minerales no aptos para el uso a que estaban destinados. |
Y9 |
Mezclas y emulsiones de desecho de aceite y agua o de hidrocarburos y agua. |
Y10 |
Sustancias y artículos de desecho que contengan o estén contaminados por bifenilos policlorados (PCB), trifenilos policlorados (PCT) o bifenilos polibromados (PBB). |
Y11 |
Residuos alquitranados resultantes de la refinación, destilación o cualquier otro tratamiento pirolítico. |
Y12 |
Desechos resultantes de la producción, preparación y utilización de tintas, colorantes, pigmentos, pinturas, lacas o barnices. |
Y13 |
Desechos resultantes de la producción, preparación y utilización de resinas, látex, plastificantes o colas y adhesivos. |
Y14 |
Sustancias químicas de desecho, no identificadas o nuevas, resultantes de la investigación y el desarrollo o de las actividades de enseñanza y cuyos efectos en el ser humano o el medio ambiente no se conozcan. |
Y15 |
Desechos de carácter explosivo que no estén sometidos a una legislación diferente. |
Y16 |
Desechos resultantes de la producción, preparación y utilización de productos químicos y materiales para fines fotográficos. |
Y17 |
Desechos resultantes del tratamiento de superficies de metales y plásticos. |
Y18 |
Residuos resultantes de las operaciones de eliminación de desechos industriales. |
Desechos que tengan como constituyente:
| Y19 |
Metales carbonilos. |
Y20 |
Berilio, compuesto de berilio. |
Y21 |
Compuestos de cromo hexavalente. |
Y22 |
Compuestos de cobre. |
Y23 |
Compuestos de zinc. |
Y24 |
Arsénico, compuestos de arsénico. |
Y25 |
Selenio, compuestos de selenio. |
Y26 |
Cadmio, compuestos de cadmio. |
Y27 |
Antimonio, compuestos de antimonio. |
Y28 |
Telurio, compuestos de telurio. |
Y29 |
Mercurio, compuestos de mercurio. |
Y30 |
Talio, compuestos de talio. |
Y31 |
Plomo, compuestos de plomo. |
Y32 |
Compuestos inorgánicos de flúor, con exclusión de fluoruro cálcico |
Y33 |
Cianuros inorgánicos. |
Y34 |
Soluciones ácidas o ácidos en forma sólida. |
Y35 |
Soluciones básicas o bases en forma sólida. |
Y36 |
Asbestos (polvo y fibras). |
Y37 |
Compuestos orgánicos de fósforo. |
Y38 |
Cianuros orgánicos. |
Y39 |
Fenoles, compuestos fenólicos, con inclusión de clorofenoles. |
Y40 |
Eteres. |
Y41 |
Solventes orgánicos halogenados. |
Y42 |
Disolventes orgánicos, con exclusión de disolventes halogenados. |
Y43 |
Cualquier sustancia del grupo de los dibenzofuranos policlorados. |
Y44 |
Cualquier sustancia del grupo de las dibenzoparadioxinas policloradas. |
Y45 |
Compuestos organohalogenados, que no sean las sustancias mencionadas |
Y48 |
Todos los materiales y/o elementos diversos contaminados con alguno o algunos de los residuos peligrosos identificados en el Anexo I o que presenten alguna o algunas de las características peligrosas enumeradas en el Anexo II de la Ley de Residuos Peligrosos. |
ANEXO II:
LISTA DE CARACTERISTICAS PELIGROSAS
Clase de las
Naciones
Unidas
|
N° de
Código |
CARACTERISTICAS |
1 |
H1 |
Explosivos: por sustancia explosiva o desecho se extiende toda sustancia o desecho sólido o liquido (o mezcla de sustancias o desechos) que por si misma es capaz, mediante reacción química de emitir un gas a una temperatura, presión y velocidad tales que puedan ocasionar daño a la zona circundante |
3 |
H3 |
Líquidos inflamables: por líquidos inflamables se entiende aquellos líquidos o mezcla de líquidos, o líquidos sólidos en solución o suspensión (por ejemplo pinturas, barnices lacas, etcétera, pero sin incluir sustancias o desechos clasificados de otra manera debido a sus características peligrosas) que emiten vapores inflamables a temperaturas no mayores de 60,5 grados C, en ensayos con cubeta cerrada, o no mas de 65,6 grados C, en cubeta abierta (como los resultados de los ensayos con cubeta abierta y con cubeta cerrada no son estrictamente comparables, e incluso los resultados obtenidos mediante un mismo ensayo a menudo difieren entre si, la reglamentación que se apartara de las cifras antes mencionadas para tener en cuenta tales diferencias seria compatible con el espíritu de esta definición). |
4.1 |
H4.1 |
Sólidos inflamables: se trata de sólidos o desechos sólidos, distintos a los clasificados como explosivos, que en las condiciones prevalecientes durante el transporte son fácilmente combustibles o pueden causar un incendio o contribuir al mismo, debido a la fricción. |
4.2 |
H4.2 |
Sustancias o desechos susceptibles de combustión espontanea: se trata de sustancias o desechos susceptibles de calentamiento espontaneo en las condiciones normales del transporte, o de calentamiento en contacto con el aire, y que pueden entonces encenderse |
4.3 |
H4.3 |
Sustancias o desechos que, en contacto con el agua, emiten gases inflamables: sustancias o desechos que, por reacción con el agua, son susceptibles de inflamación espontánea o de emisión de gases inflamables en cantidades peligrosas. |
5.1 |
H5.1 |
Oxidantes: sustancias o desechos que, sin ser necesariamente combustibles, pueden, en general, al ceder oxigeno, causar o favorecer la combustión de otros materiales. |
5.2 |
H5.2 |
Peróxidos orgánicos: las sustancias o los desechos orgánicos que contienen la estructura bivalente -O-O- son sustancias inestables térmicamente que pueden sufrir una descomposición autoacelarada extermica. |
6.1. |
H6.1 |
Tóxicos (venenos) agudos: sustancias o desechos que pueden causar la muerte o lesiones graves o daños a la salud humana, si se ingieren o inhalan o entran en contacto con la piel. |
6.2 |
H6.2 |
Sustancias infecciosas: sustancias o desechos que contienen microorganismos viables o sus toxinas, agentes conocidos o supuestos de enfermedades en los animales o en el hombre. |
8 |
H8 |
Corrosivos: sustancias o desechos que, por acción química, causan daños graves en los tejidos vivos que tocan o que, en caso de fuga pueden dañar gravemente o hasta destruir otras mercaderías o los medios de transporte; o pueden también provocar otros peligros |
9 |
H10 |
Liberación de gases tóxicos en contacto con el aire o el agua: sustancias o desechos que, por reacción con el aire o el agua, pueden emitir gases tóxicos en cantidades peligrosas. |
9 |
H11 |
Sustancias tóxicas (con efectos retardados o crónicos): sustancias o desechos que, de ser aspirados o ingeridos, o de penetrar en la piel pueden entrañar efectos retardados o crónicos, incluso la carcinogenia. |
9 |
H12 |
Ecotóxicos: sustancias o desechos que, si se liberan, tienen o pueden tener efectos adversos inmediatos o retardados en el medio ambiente debido a la bioacumulación o los efectos tóxicos en los sistemas bióticos. |
9 |
H13 |
Sustancias que pueden, por algún medio, después de su eliminación, dar origen a otra sustancia, por ejemplo, un producto de lixiviación, que posee alguna de las características arriba expuestas. |
ANEXO III
OPERACIONES DE ELIMINACION
A. OPERACIONES QUE NO PUEDEN CONDUCIR A LA RECUPERACION DE RECURSOS, EL RECICLADO, LA REGENERACION, LA REUTILIZACION DIRECTA U OTROS USOS.
La sección A abarca las operaciones de eliminación que se realizan en la práctica.
| D1 |
Depósito dentro o sobre la tierra (por ejemplo, rellenos, etcétera). |
D2 |
Tratamiento de la tierra (por ejemplo, biodegradación de desperdicios líquidos o fangosos en suelos, etcétera). |
D3 |
Inyección profunda (por ejemplo, inyección de desperdicios bombeables en pozos, domos de sal, fallas geológicas naturales, etcétera). |
D4 |
Embalse superficial (por ejemplo, vertido de desperdicios líquidos o fangosos en pozos, estanques, lagunas, etcétera). |
D5 |
Rellenos especialmente diseñados (por ejemplo, vertido en compartimientos estancos separados, recubiertos y aislados unos de otros y del ambiente, etcétera). |
D6 |
Vertido en una extensión de agua, con excepción de mares y océanos. |
D7 |
Vertido en mares y océanos, inclusive la inserción en el lecho marino. |
D8 |
Tratamiento biológico no especificado en otra parte de este anexo que dé lugar a compuestos o mezclas finales que se eliminen mediante cualquiera de las operaciones indicadas en la sección A. |
D9 |
Tratamiento fisicoquímico no especificado en otra parte de este anexo que dé lugar a compuestos o mezclas finales que se eliminen mediante cualquiera de las operaciones indicadas en la sección A (por ejemplo, evaporación, secado, calcinación, neutralización, precipitación, etcétera). |
D10 |
Incineración en la tierra. |
D11 |
Incineración en el mar. |
D12 |
Depósito permanente (por ejemplo, colocación de contenedores en una mina, etcétera). |
D13 |
Combinación o mezcla con anterioridad a cualquiera de las operaciones indicadas en la sección A. |
D14 |
Reempaque con anterioridad a cualquiera de las operaciones indicadas en la sección A. |
D15 |
Almacenamiento previo a cualquiera de las operaciones indicadas en la sección A. |
D99 |
Otro tratamiento que conduzca a la recuperación de recursos |
B. OPERACIONES QUE PUEDEN CONDUCIR A LA RECUPERACION DE RECURSOS, EL RECICLADO, LA REGENERACION, REUTILIZACION DIRECTA Y OTROS USOS.
La sección B comprende todas las operaciones con respecto a materiales que son considerados o definidos jurídicamente como desechos peligrosos y que de otro modo habrían sido destinados a una de las operaciones indicadas en la sección A.
R1 |
Utilización como combustible (que no sea en la incineración directa) u otros medios de generar energía. |
R2 |
Recuperación o regeneración de disolventes. |
R3 |
Reciclado o recuperación de sustancias orgánicas que no se utilizan como disolventes. |
R4 |
Reciclado o recuperación de metales y compuestos metálicos. |
R5 |
Reciclado o recuperación de otras materias inorgánicas. |
R6 |
Regeneración de ácidos o bases. |
R7 |
Recuperación de componentes utilizados para reducir la contaminación. |
R8 |
Recuperación de componentes provenientes de catalizadores. |
R9 |
Regeneración u otra reutilización de aceites usados. |
R10 |
Tratamiento de suelos en beneficio de la agricultura o el mejoramiento ecológico. |
R11 |
Utilización de materiales residuales resultantes de cualquiera de las operaciones numeradas R1 a R10. |
R12 |
Intercambio de desechos para someterlos a cualquiera de las operaciones numeradas R1 a R11. |
R13 |
Acumulación de materiales destinados a cualquiera de las operaciones indicadas en la sección B. |
R99 |
Otro tratamiento que conduzca a la recuperación, reciclado o regeneración de recursos. |
|