Debido a que existen diversos aspectos que se plantean como concurrentes entre autoridades de distintas áreas, se promovió la creación del Ente de Políticas Ecológicas (Decreto 1921/96) que tiene como funciones:
Establecer políticas integrales de la provincia en materia de ecología, contemplando los aspectos que hacen a la materia de cada ministerio.
Fiscalizar y asesorar sobre la ejecución de dichas políticas ecológicas en el ámbito de cada ministerio.
Estudiar, elaborar y proponer las normas legales tendientes a la preservación de la calidad ambiental.
Desarrollar los aspectos metodológicos y procedimentales que permitan regular y controlar la calidad ambiental.
- Elaborar informes y dictámenes sobre los aspectos técnicos, económicos, sociales y legales que presenta la problemática del medio ambiente, su preservación y mejoramiento.
- Intervenir en actuaciones administrativas o judiciales, a solicitud de organismos y jueces competentes, en las que se tramiten o controviertan cuestiones atinentes a la calidad ambiental.
Estructura Funcional
El Ente de Políticas Ecológicas es presidido por el Subsecretario de Ecología e integrado por representantes de la Dirección de Bromatología y Saneamiento Ambiental, de la Dirección de Aguas, de la Subsecretaría de Hidrocarburos y Minería, de la Dirección de Defensa Civil y de la Dirección de Recursos Naturales.
Cuando el caso lo justifique, podr án participar otras áreas de gobierno a requerimiento del Ente, o a solicitud de las mismas.
Comisión Técnica Evaluadora de Impacto Ambiental:
Depende del Ente y está integrada por técnicos de cada organismo interviniente. Elabora los informes técnicos para resolver la aprobación o reprobación de los estudios presentados y las correcciones o ampliaciones pertinentes. Conforme lo resuelto, el Ente o el organismo que corresponda emite la
Declaración de Impacto Ambiental.
|